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El Día del Señor y la adoración corporativa

No hay que ser una «lumbrera» ni, de hecho, un teólogo calificado para discernir que hay una red de conexión profunda y estrecha entre el día del Señor y la adoración corporativa de la iglesia. Permítanme señalar aquí tres de estas conexiones.

El principio regulador de la iglesia y su adoración conduce directamente a la noción de un día de adoración divinamente establecido, es decir, el día del Señor o día de reposo cristiano.

Es bien sabido que Juan Calvino, aunque no era el anti-sabatariano que algunos suponen, no era un sabatariano coherente en su enseñanza. Entre estas incoherencias se encuentra la opinión de Calvino de que el Día del Señor no fue establecido por la autoridad divina, sino por la tradición de la Iglesia. La dificultad más amplia que esto plantea dentro del contexto del propio pensamiento de Calvino es su doctrina sobre el principio regulador. Él creía y enseñaba el principio regulador. Este principio supone que Dios ejerce la prerrogativa de regular Su propia adoración. Es probable que fuera a la luz del principio regulador que los puritanos vieran claramente la necesidad de enseñar la autoridad divina y el precedente apostólico del día del Señor.

En la medida en que Calvino enseñaba implícitamente la misma doctrina de la suficiencia y autoridad de la Escritura que enseñaban los puritanos y que por extensión lógica desarrollaron en lo que se llama el principio regulador, Calvino simplemente estaba siendo incoherente al fundamentar la observancia del domingo en nada más aparentemente que la tradición de la Iglesia apostólica. Se puede argumentar sobre esta base que todo lo que hicieron los puritanos fue corregir una incoherencia en su mentor.

El punto de esta pequeña clase de historia es que sostener el principio regulador de la iglesia lleva directamente a la idea de que el día de adoración no puede ser establecido por la tradición humana, sino por la autoridad apostólica (y, por lo tanto, divina). Sostener el principio regulador y permitir que el día mismo de adoración se deje a la mera tradición u opinión humana es bastante incoherente realmente.

Pensar que Dios estableció y gobernó especialmente la adoración de Su iglesia con algunos detalles, pero dejó el gran asunto del día establecido para la adoración corporativa a la tradición humana es casi impensable. El ambiente del principio regulador no alberga tal noción,(1) de hecho, es muy hostil a esta idea. Este no es el lugar para un tratamiento completo de los fundamentos de la santificación del día de reposo cristiano o de la observancia correcta del día del Señor. Mi propósito es simplemente señalar cuán directamente el principio regulador sugiere el establecimiento divino del día de adoración.

La noción de un día especial y único para Dios de una manera diferente a otros días es paralela conceptualmente con la institución de la iglesia, la cual también es diferente al resto de la vida de una manera especial y única para Dios.

Con una sorprendente repetición, la Biblia enfatiza que la identidad única del día de reposo cristiano es que es ‘santo’. La palabra santo significa que es algo que está apartado para Dios. En otras palabras, es un día que pertenece especialmente a Dios. El cuarto mandamiento nos llama a recordar el día de reposo para santificarlo. Apocalipsis 1:10 nos recuerda que un día de la semana es el día del Señor y, por lo tanto, pertenece a Dios de una manera diferente a los otros días.

Del mismo modo, el principio regulador habla de una iglesia que es santa; por tanto, es el centro especial del interés y la regulación de Dios. Esta iglesia pertenece especialmente a Dios. Es «la casa de Dios» y «la iglesia del Dios vivo» (1 Tim. 3:15). Por lo tanto, Timoteo necesita una instrucción especial sobre cómo conducir su ministerio en esta.

Los paralelismos conceptuales entre el día del Señor y la iglesia ordenada por el principio regulador son obvios. No es de extrañarse que personas como Mark Driscoll, que no «entienden» el día de reposo cristiano, tampoco «entiendan» el principio regulador.

El propósito principal del establecimiento de un día especial para Dios en la Creación del mundo era proporcionar un tiempo para la adoración corporativa.

Al afirmar esto, no estoy negando que el día de reposo tuviera otros propósitos. Indiscutiblemente proporcionaba un día de descanso físico para los hombres. También es indiscutible que proporciona un tiempo especial o adicional para la adoración privada y familiar. No obstante, es mi firme opinión que el propósito principal del día de reposo y su institución sucesora actual (el día del Señor) era establecer un tiempo que debe ser apartado para la adoración corporativa. Como apoyo a esta opinión, permítanme señalar varias cosas.

En primer lugar, el día fue establecido originalmente mediante el ejemplo divino del reposo del propio Dios (Gén. 2:1-3). Puesto que la necesidad de descanso físico no puede atribuirse a Dios, parece probable que debamos encontrar el significado de este reposo divino en una contemplación satisfecha de la obra de la Creación completada en los primeros 6 días de la semana de la Creación. Las tres afirmaciones expositivas de John Murray resumen acertadamente el significado del reposo de Dios. Él comenta que el reposo de Dios no es inactivo, sino que es el cese de un tipo de actividad (la obra de la Creación), y que es el reposo del deleite en la obra de la Creación completada.(2)

En segundo lugar, la obligación fundamental asociada a la observancia del día de reposo era santificarlo (Éxo. 20:8-11). Dado que el significado de esta palabra es apartar algo para un uso santo —apartar algo para Dios—, es difícil ver el descanso físico como equivalente en importancia a la adoración en el propósito del día en cuestión.

En tercer lugar, si el propósito del día es la adoración, entonces, debemos encontrar la importancia distintiva del día en la adoración corporativa a diferencia de la adoración privada o familiar. El tiempo establecido y apropiado para la adoración no es un problema con respecto a los devocionales personales o para la adoración familiar. Podemos establecer el tiempo dentro de los límites de la razón y la sabiduría para nuestros devocionales personales. La cabeza del hogar puede establecer el tiempo de la adoración familiar.

Pero, ¿quién tiene la autoridad para fijar el día y la hora para la adoración corporativa de toda una comunidad? Si creemos en el principio regulador, es muy poco probable que estemos satisfechos con permitir que la autoridad humana de cualquier tipo medie en esto. Dios debe establecer el tiempo para la adoración corporativa, y lo ha establecido en Su designación del séptimo día de la semana como el día de reposo en el Antiguo Testamento y del primer día como el día de reposo en el Nuevo Testamento.

Conclusión

¿Cuáles son las implicaciones prácticas de estas intersecciones entre el Día del Señor y la adoración corporativa regida por el principio regulador?

He aquí una conclusión que no tenemos ni debemos sacar. Por supuesto, el establecimiento del día de adoración no tiene ni debe interpretarse en un sentido ‘exclusivo’, como si la iglesia solo pudiera celebrar sus reuniones de adoración corporativa en este día. Tanto el Israel del A. T. como el Israel del N. T. celebraron reuniones formales para la adoración divinamente establecida en días distintos al día semanal señalado. El antiguo Israel celebraba muchas fiestas señaladas de los judíos en días distintos al día de reposo. La Iglesia apostólica en Jerusalén se reunía diariamente en el templo (Hch. 2:46).

La conclusión que deberíamos sacar es más bien la siguiente. El establecimiento del día de adoración debería interpretarse en lo que puedo llamar un sentido ‘intensivo’. La iglesia puede celebrar reuniones otros días. Incluso puede exigir la asistencia a tales reuniones. Sin embargo, debe celebrar la adoración corporativa en el día del Señor y exigir la asistencia a estas reuniones. Por supuesto, hay razones legítimas por las que un cristiano no puede asistir a las reuniones en el día del Señor o en otros días, pero esas razones legítimas serán mucho menos y mucho más claras en el día del Señor. Este hecho llevará a la iglesia y a los ancianos sabios a hacer pleno uso del día establecido para la adoración y enseñar la necesidad de su cuidadosa observancia.

Tomado de: Samuel Waldron, ¿Cómo, pues, deberíamos adorar?
(Santo Domingo, Ecuador: Legado Bautista Confesional, 2024), pp. 353-357.

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NOTAS:

(1) Nota de los traductores: no alberga tal noción —Lit., no es habitable para tal noción.

(2) John Murray, Principles of Conduct [título oficial: Principios de Conducta] (Grand Rapids, Míchigan: Eerdmans, 1956), pp. 30-31.

Samuel E. Waldron
El Dr. Sam Waldron es presidente académico del CBTS y profesor de Teología Sistemática. Es parte de la junta directiva de la editorial Legado Bautista Confesional. También, es actualmente uno de los pastores de la Grace Reformed Baptist Church en Owensboro, KY. El Dr. Waldron es licenciado por la Cornerstone University, tiene un Máster en Divinidad por la Trinity Ministerial Academy, Máster en Teología por el Grand Rapids Theological Seminary y un doctorado por el Southern Baptist Theological Seminary. De 1977 a 2001 fue pastor de la Iglesia Bautista Reformada de Grand Rapids, MI. El Dr. Waldron es autor de numerosos libros, entre ellos Una Exposición de la Confesión de Fe de 1689, El Fin de los Tiempos, Un Manifiesto Bautista Reformado, ¿Cómo, pues, deberíamos adorar?, y muchos más.
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